Sala de Prensa
09/04/2014
Nuestro modelo de cementerio es diferente
EAJ/PNV de Zalla se posiciona a favor de regularizar servicios municipales siempre y cuando la Ordenanza municipal en cuestión se elabore desde la responsabilidad política y la coherencia.
EAJ/PNV de Zalla se posiciona a favor de regularizar servicios municipales siempre y cuando la Ordenanza municipal en cuestión se elabore desde la responsabilidad política y la coherencia.
Sin embargo, comprobamos que el actual equipo de gobierno municipal está más “obsesionado” por regularizarlo todo que por hacerlo de la forma que mejor se adecue al Pueblo que gobierna. No es la primera vez que se recurre al “corta- pega” para la redacción de Ordenanzas, acudiendo a textos vigentes en otros municipios y ciudades, sin molestarse en adaptarlas a las necesidades, recursos y costumbres de nuestro pueblo.
Y esto nos ha llevado al despropósito de Ordenanza aprobada recientemente:
“ORDENANZA QUE REGULA LOS SERVICIOS FUNERARIOS”
Una ordenanza que el propio Ayuntamiento no cumple:
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El nuevo texto recoge LA OBLIGACIÓN DE EXPONER EL HORARIO DE APERTURA Y CIERRE EN UN LUGAR VISIBLE DE LA ENTRADA PRINCIPAL DEL CEMENTERIO.
El Ayuntamiento NO cumple esta obligación que su equipo de gobierno ha creado y hace caso omiso a la falta de respeto que supone hacia los ciudadanos que se acercan a visitar a sus seres queridos fallecidos y que se encuentran con las puertas cerradas.
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La nueva Ordenanza recoge INSTALACIONES DE LAS QUE CARECEN NUESTROS CEMENTERIOS.
El Ayuntamiento NO cumple con lo que la normativa regula: el osario para restos, la fosa común, el depósito de cadáveres o el columbario, el crematorio para ropas, residuos, etc…
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ESTA ORDENANZA SUPONE PÉRDIDA Y LIMITACIÓN DE DERECHOS
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Concesión de panteones 75 años improrrogables, A su término se trasladarán los restos al Osario Municipal, ¿a cuál se refiere?, si no existe.
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Concesión de nichos serán por 10 años, prorrogables hasta los 75, pero eso sí, cada vez que se solicite una prórroga habrá que pagar sus correspondientes tasas.
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Concesión de columbarios serán por 30 años prorrogables hasta 75 años, previa solicitud y pago de las tasas correspondientes. ( INEXISTENTES, no hay).
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En cuanto a la Concesión de Osarios para restos individuales (INEXISTENTES, tampoco hay) será 20años.
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SE PODRÍA PERDER LA TITULARIDAD DEL PANTEÓN O NICHO
Si transcurre más de un año desde la muerte del titular y los herederos no solicitan la trasmisión a su favor, podrían perder la titularidad.
Cuántos casos habrá en nuestro municipio que, al considerar los panteones o nichos como familiares, por desconocimiento de la nueva normativa podrían perderlos…
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UN NICHO, UNA PERSONA
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Esta Ordenanza recoge que los nichos sólo serán para un uso individual, por lo que sólo podrán utilizarse para una persona, es decir, para un sólo fallecido, para una sola inhumación. Desaparece así la posibilidad de compartir varios restos de cenizas de cadáveres incinerados, lo que nos llevará a tener que comprar más nichos.
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Y si se trasladan los restos de un nicho, por el motivo que sea, éste vuelve automáticamente al Ayuntamiento, aunque quede tiempo restante de permanencia. Si la familia volviese a necesitar ese nicho, durante el tiempo de cesión no agotado, tendría que volver a comprar el nicho.
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En definitiva, desde EAJ/PNV, consideramos esta ordenanza desproporcionada para nuestro Pueblo e innecesaria en los términos en que se ha redactado.
Y creemos que el equipo de gobierno municipal, más que pretender regular los servicios funerarios para dar un servicio de calidad a los ciudadanos, parece estar guiado únicamente por el afán recaudatorio, sin tener en cuenta la merma de derechos de los vecinos y vecinas de Zalla, ni mucho menos los sentimientos de los ciudadanos en un tema tan delicado.
EAJ/PNV de Zalla entiende positiva UNA REGULACION QUE MEJORE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS y NO comparte las limitaciones y pérdida de derechos de nuestros vecinos/as que recoge esta Ordenanza, resultado otra vez de un trabajo al que le falta reflexión y previsión.
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